Derecho de sociedades. Los derechos del socio.

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En el mes de febrero de 2020 la prestigiosa editorial jurídica tirant lo blanch ha publicado una obra colectiva denominada Derecho de Sociedades. Los derechos del socio, integrada por los estudios de investigación de los juristas más prestigiosos del país, codirigida por la Dra. Doña Mª Belén González Fernández (Facultad de Derecho UMA) y Doña Amanda Cohen Benchetrit (Magistrada mercantil asesora de la Secretaria de Estado de Justicia).

En ella se dan cita catedráticos, doctores, magistrados, abogados, notarios y registradores, para abordar, desde distintas perspectivas, los derechos que asisten a los socios.

Nuestro compañero Antonio López ha contribuido a la misma a través de un interesante capítulo en el que, aunando contenidos propios de la ciencia jurídica y la económica, ha tratado la problemática atinente al “derecho de información contable como mecanismo de control de los socios minoritarios”.

El autor, consciente de la difícil tarea de equilibrar la balanza entre la protección que ha de ofrecerse a los socios minoritarios y el abuso que pueden ejercer al invocar sus derechos frente a la sociedad, aboga por la defensa de instaurar una concepción menos restrictiva del derecho de información del socio en general, así como de su manifestación específica a través del derecho de información contable en particular; limitándose, no obstante, por su ejercicio pertinente, en el momento oportuno, en consonancia con los intereses de la sociedad y bajo la prohibición del abuso de derecho.

Mediante la promulgación de la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, se intentó evitar el menoscabo que, sobre el funcionamiento ordinario de la sociedad, provoca la técnica impugnatoria auspiciada en la vulneración en la vulneración del derecho de información que colapsa de litigios a nuestros tribunales. De ahí que, bajo unos aspectos sustantivos y procesales no exentos de crítica, se hayan restringido los motivos por los que la infracción del derecho de información puede dar lugar a la impugnación de los acuerdos sociales.

Estas dificultades han propiciado el nacimiento de diversos planteamientos doctrinales que, criticando la excesiva rigidez de nuestro derecho de sociedades (en el que predominan las normas imperativas), postulan la necesidad de que la regulación de estos mecanismos protectores de la minoría hayan de ser reservados a la autonomía privada a través del propio contrato social y los pactos entre los socios.

Nos encontramos, sin dudas, ante una obra fundamental (cuyo germen se atribuye al prestigioso Congreso Nacional de Derecho de Sociedades) que, a través de los distintos estudios doctrinales que aporta, contribuirá a reforzar el tejido jurídico en general, así como el atinente al derecho de sociedades en particular.